Zenoah GZ400 Chainsaw User Manual


 
GARANTÍA
GARANTÍA LIMITADA DE KOMATSU ZENOAH AMERICA, INC. Y REGULACIONES FEDERALES Y DEL ESTADO
DE CALIFORNIA EN RELACIÓN CON LOS SISTEMAS DE CONTROL DE EMISIONES DE MOTORES NO VEHICULARES Y DE
MOTORES PEQUEÑOS PARA USO FUERA DE CARRETERAS
La Dirección de Protección Ambiental (EPA) de EE.UU., la Oficina de Recursos Atmosféricos de California (CARB) y Komatsu Zenoah America, Inc.
tienen el placer de explicar la Garantía del Sistema de Control de Emisiones de su motor no vehicular o motor pequeño para uso fuera de carreteras. En California,
los motores nuevos pequeños y para el uso fuera de carreteras deben diseñarse, fabricarse y equiparse de manera que cumplan con las rigurosas normas
estatales contra la contaminación del aire. En otros estados, los motores nuevos para uso fuera de carreteras fabricados en el año 2000 y en años posteriores
deben estar diseñados, fabricados y equipados, al momento de la venta, para cumplir las normas de la EPA de EE.UU. para motores pequeños para uso fuera
de carretera. El motor para uso fuera de carretera debe carecer de defectos en los materiales y en la mano de obra que puedan causar el incumplimiento de
las normas de la EPA de EE.UU. durante los primeros dos años de uso del motor a partir de la fecha de venta al comprador final. Komatsu Zenoah
America, Inc. debe garantizar el sistema de control de emisiones de su motor no vehicular o motor pequeño para uso fuera de carreteras por el período de
tiempo señalado arriba, siempre y cuando dicho motor no haya sido sujeto a uso indebido, maltrato, negligencia o mantenimiento inadecuado.
Es posible que el sistema de control de emisiones incluya piezas como el carburador o el sistema de inyección de combustible, el sistema de encendido o el
convertidor catalítico. También puede incluir mangueras, correas de transmisión y conectores, además de otros ensambles relacionados con las emisiones.
Dans le cas d'une situation où la garantie s'applique, KOMATSU ZENOAH réparera votre petitmoteur hors route sans frais, y compris le diagnostic, les pièces
et la main-d'oeuvre.
COBERTURA DE LA GARANTÍA DEL FABRICANTE:
Los motores pequeños para uso fuera de carreteras fabricados en 1995 y en años posteriores están garantizados por dos años en California. En otros estados,
los modelos de motores no vehiculares fabricados en 1997 y en años posteriores también tienen garantía por dos años. Si está defectuosa cualquier pieza del
motor relacionada con las emisiones, Komatsu Zenoah America, Inc. la reparará o la remplazará, sin cargo al consumidor.
RESPONSABILIDADES DEL PROPIETARIO EN RELACIÓN CON LA GARANTÍA
(a) Como propietario del motor no vehicular o motor pequeño para uso fuera de carretera, usted es responsable de la realización del mantenimiento necesario
indicado en el manual del operador. Komatsu Zenoah America, Inc. le recomienda conservar todos los recibos de mantenimiento de su motor no
vehicular o motor pequeño para uso fuera de carretera, no obstante, Komatsu Zenoah America, Inc. no puede negar la cobertura de la garantía
únicamente por la carencia de recibos o por no asegurarse el propietario de la realización de todo el mantenimiento programado. Se puede usar piezas de
repuesto o servicios equivalentes en rendimiento y durabilidad en las tareas de mantenimiento o reparación no cubiertas por la garantía, sin que se reduzcan
las obligaciones del fabricante del motor en virtud de esta garantía.
(b) Sin embargo, como propietario de un motor no vehicular o motor pequeño para uso fuera de carretera, usted debe saber que Komatsu Zenoah
America, Inc. puede negarle la cobertura de la garantía si dicho motor o una parte del mismo ha fallado debido a abuso, descuido, mantenimiento indebido
o modificaciones no autorizadas.
(c) Usted es responsable de presentar su motor no vehicular o motor pequeño para uso fuera de carretera en un establecimiento de servicio tan pronto como
surja el problema. Las reparaciones amparadas por la garantía deben realizarse en un plazo razonable menor de 30 días.
Si tiene alguna pregunta con respecto a sus derechos y responsabilidades en relación con la garantía, le recomendamos comunicarse con un representante
del departamento de servicio al consumidor de Komatsu Zenoah America, Inc., llamando al (770)-381-5147.
COBERTURA:
Komatsu Zenoah America, Inc. garantiza al comprador final y a cada uno de los compradores subsiguientes que su motor no vehicular o motor para
uso fuera de carretera está diseñado, fabricaddo y equipado, al momento de la venta, para cumplir todas las normas correspondientes. Komatsu Zenoah
America, Inc. también garantiza, por un período de dos años, al comprador inicial y a cada comprador subsiguiente, que su motor no vehicular o
motor pequeño para uso fuera de carretera carece de defectos en los materiales y en la mano de obra que puedan causar el incumplimiento de las normas
correspondientes por parte del motor. Los motores pequeños para uso fuera de carreteras fabricados en 1995 y en años posteriores están garantizados por
dos años en California. En todos los otros estados, para los modelos fabricados en 1997 y en años posteriores, la EPA requieren que los fabricantes garanticen
por dos años los motores no vehiculares. Estos períodos de garantía comienzan a partir de la fecha en que el comprador inicial adquiere el motor no vehicular
o motor pequeño para uso fuera de carretera. Si una pieza relacionada con el control de emisiones del motor resulta defectuosa, Komatsu Zenoah America, Inc.
repara o reemplaza dicha pieza sin ningún cargo para el propietario.
Komatsu Zenoah America, Inc. repara todo defecto cubierto en la garantía en centros de servicios de garantía o establecimientos de motores KOMATSU
ZENOAH autorizados. Cualquier trabajo autorizado realizado en centros de reparaciones de garantía o establecimientos autorizados se realiza sin cargo para el
propietario si en dicho trabajo se determina que está defectuosa una pieza amparada por la garantía. Se pueden utilizar piezas de repuesto aprobadas por el
fabricante, o equivalentes, para cualquier mantenimiento o reparación amparada por la garantía en las piezas relacionadas con el control de emisiones, y deben
proporcionarse sin ningún cargo para el propietario si dichas piezas aún están protegidas por la garantía. Komatsu Zenoah America, Inc. es responsable de
daños a otros componentes del motor causados por la falla de una pieza garantizada cuya garantía aún esté vigente.
La Lista de Piezas con Garantía de Emisiones de la Junta de Recursos de Aire de California define específicamente las piezas garantizadas relacionadas con
el control de emisiones. (Las normas de la EPA no incluyen una lista de piezas, pero la EPA considera que las piezas garantizadas y relacionadas con el control
de emisiones incluyen las piezas que se indican a continuación).
Las piezas garantizadas son las siguientes: El carburador, la bujía, el encendido, el filtro de aire y el filtro de combustible.
REQUISITOS DE MANTENIMIENTO
El propietario es responsable de la realización del mantenimiento requerido según señala Komatsu Zenoah America, Inc. en el manual del operador.
LIMITACIONES
La garantía de los sistemas de control de emisiones no cubre lo siguiente:
(a) Reparación o remplazo necesario debido a uso indebido o negligencia, falta de mantenimiento necesario, reparaciones efectuadas de manera incorrecta
o cambios en incumplimiento de las especificaciones de Komatsu Zenoah America, Inc. que afecten de forma desfavorable el desempeño o la durabilid-
ad del producto, y alteraciones o modificaciones no recomendadas o aprobadas por escrito por Komatsu Zenoah America, Inc., y
(b) Remplazo de piezas y otros servicios y ajustes necesarios para el mantenimiento requerido al momento --y después-- del primer cambio según el calendario
de mantenimiento.
El período de cumplimiento con los reglamentos de control de emisiones señalado en la etiqueta de cumplimiento de dichos reglamentos indica el número de
horas de funcionamiento para las cuales se ha demostrado que el motor cumple los requisitos de control de emisiones de los reglamentos federales. Categoría
C=50 horas, B=125 horas y A=300 horas.
EL SIGUIENTE ENUNCIADO DE LA CARB (OFICINA DE RECURSOS ATMOSFÉRICOS DE CALIFORNIA) SE
APLICA SÓLO A LOS MODELOS OBLIGADOS A CUMPLIR CON LOS REQUISITOS DE DICHO ORGANISMO.